La mayoría de los planes de medicamentos cobran una tarifa mensual que varía según el plan. Usted deberá pagarla, además del monto de su
de la parte B. Si está en un
o
con cobertura de medicamentos, la prima mensual puede incluir una cantidad para la cobertura de medicamentos.
Obtenga una deducción automática de su prima
Comuníquese con su plan (no con el Seguro Social o la Junta de Retiro Ferroviario (RRB, por sus siglas en inglés)) si desea que su prima se deduzca del pago mensual del Seguro Social o de la RRB. Si desea detener la deducción de primas y que éstas le sean facturadas directamente, póngase en contacto con su plan.
¿Cuánto cuesta la Parte D?
La mayoría de la gente solo paga su prima de la Parte D. Si usted no se inscribe en la Parte D cuando es elegible por primera vez, es posible que deba pagar una penalidad de inscripción tardía en la Parte D.
Si tiene un ingreso más alto, podría pagar más por su cobertura de medicamentos de Medicare. Si sus ingresos superan un cierto límite ($87,000 si declara individualmente o $174,000 si está casado y declara de forma conjunta), pagará una cantidad adicional además de la prima del plan (a veces llamada "Parte D-IRMAA"). También deberá pagar esta cantidad adicional si está en un Plan Medicare Advantage que incluye cobertura de medicamentos. Esto no afecta a todas las personas, por lo que la mayoría de las personas no deberán pagar una cantidad adicional. Si tiene la Parte B y tiene un ingreso más alto, es posible que también deba pagar un monto adicional por su prima de la Parte B, incluso si no tiene cobertura de medicamentos. El cuadro que se encuentra a continuación enumera los costos de la cantidad adicional por ingreso.
El Seguro Social lo contactará en caso de que deba pagar el IRMAA de la Parte D, según su ingreso. La cantidad que paga puede variar cada año. Si tiene que pagar una suma más alta por la prima de la Parte D y no está de acuerdo (por ejemplo, si su ingreso disminuye), utilice este formulario para comunicarse con el Seguro Social [PDF, 125 KB]. Si tiene preguntas acerca de su cobertura Medicare de medicamentos, comuníquese con su plan.
Nota |
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La cantidad adicional que tiene que pagar no forma parte de la prima de su plan. Usted no paga la cantidad adicional a su plan. La mayoría de las personas solicita que esta cantidad adicional se descuente de su cheque del Seguro Social. Si esta cantidad no se descuenta de su cheque, recibirá una factura de Medicare o de la Junta de Jubilación para Ferroviarios. Debe pagar esta cantidad para mantener su cobertura de la Parte D. También tendrá que pagar esta cantidad adicional si está en un Plan Medicare Advantage que incluya cobertura de medicamentos. |
Si el Seguro Social le notifica que debe pagar una cantidad superior por su cobertura de la Parte D, según la ley, usted debe pagar el monto de ajuste mensual acorde a su ingreso para la Parte D (IRMAA de la Parte D). Si no paga el IRMAA de la Parte D, perderá su cobertura de dicha Parte.
Cobertura de empleador/sindicato e IRMAA de la Parte D
Nota |
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Usted le paga su IRMAA de la Parte D directamente a Medicare, no a su plan ni a su empleador. Está obligado a pagar el IRMAA de la Parte D incluso si su empleador o un tercero (como un sindicato de docentes o un sistema de jubilación) paga sus primas de la Parte D. Si no paga el IRMAA de la Parte D y se le da de baja en el plan, es probable que también pierda su cobertura de jubilación y que no la recupere. |
Cosas para recordar
- Pague su factura del IRMAA de la Parte D a Medicare apenas la reciba. Sepa cómo paga su factura. Mantenga actualizada su dirección en el Seguro Social, incluso si no recibe un cheque de Seguro Social.