Cobertura de COBRA

La Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria (COBRA) es una ley federal que puede permitirle mantener la cobertura del plan médico grupal de su empleador por un tiempo limitado después de que finalice su empleo (o si pierde la cobertura como cónyuge o dependiente del empleado cubierto).  

¿Quién puede obtener COBRA?

En general, COBRA solo se aplica a empleadores con empleados con 20 empleados o más. Sin embargo, algunos estados tienen leyes de miniCOBRA que exigen a las compañías de seguro que cubren a los empleadores con menos de 20 de empleados a fin de permitirle conservar su cobertura durante un tiempo limitado. Comuníquese con la oficina del comisionado estatal de seguros para averiguar si la cobertura está disponible para usted. 

También puede ser elegible para COBRA si recientemente se divorció o se separó legalmente (decreto de separación emitido por el tribunal) o si era un hijo dependiente o un hijo adulto dependiente que ya no es dependiente. Si alguna de estas situaciones se aplica a usted, usted o el empleado cubierto deben informar al administrador de beneficios del empleador sobre su cambio de situación dentro de los 60 días posteriores al cambio. 

Para obtener la cobertura de COBRA, su empleador debe informarle al administrador del plan por qué califica. Una vez que el administrador del plan recibe la notificación, el plan debe hacerle saber que usted tiene derecho a elegir la cobertura de COBRA. 

¿Qué sucede si mi antiguo empleador se declara en bancarrota o cierra el negocio?

¿Cuánto dura la cobertura de COBRA? 

La cobertura de COBRA generalmente se ofrece por 18 meses (36 meses en algunos casos). Pregunte al administrador de beneficios del empleador o al plan médico grupal sobre sus derechos COBRA si descubre que la cobertura del plan médico grupal ha finalizado y no recibe un aviso, o si se divorcia.

¿Cómo funciona COBRA con Medicare?

Si tiene COBRA y es elegible para Medicare pero no se inscribió, es posible que COBRA solo pague una pequeña parte de los servicios de atención médica que reciba y que usted deba pagar la mayor parte de los costos. Póngase en contacto con su plan COBRA y pregunte qué porcentaje paga. 

Evite los períodos sin cobertura y la multa por inscripción tardía de la Parte B
Si tiene COBRA antes de inscribirse en Medicare, su COBRA probablemente terminará una vez que se inscriba. Tiene hasta 8 meses después de dejar de trabajar (o perder su seguro médico, si eso sucede primero) para inscribirse Parte B sin penalización, elija o no COBRA. Si deja pasar este periodo, deberá esperar hasta el período del 1 de enero al 31 de marzo para inscribirse, y su cobertura comenzará el mes siguiente a la inscripción. Esto podría hacer que se quede sin cobertura, y es posible que deba pagar una multa de inscripción tardía por la Parte B de por vida. Para evitar facturas médicas inesperadas, es posible que deba inscribirse en Medicare tan pronto como sea elegible. Comuníquese con su Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP) para obtener ayuda gratuita y personalizada con esta decisión.

¿Con quién puedo comunicarme si tengo más preguntas sobre COBRA? 

Puede llamar al administrador de los beneficios de su empleador para hacer preguntas sobre sus opciones específicas de COBRA. 

  • Si tiene preguntas sobre COBRA y cómo afectará a la Parte B (seguro médico) o Medigap, llame a su Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP) para obtener ayuda. Visite shiphelp.org para encontrar su SHIP local. 
  • Si tiene preguntas acerca de COBRA y Medicare, llame al Centro de Recuperación y Coordinación de Beneficios (BCRC) al 1-855-798-2627 (TTY: 1-855-797-2627).
  • Si tiene preguntas sobre COBRA y la cobertura de su plan médico grupal de:
    • Un empleador privado (no un empleador del gobierno), comuníquese con el Departamento de Trabajo
    • Un empleador del gobierno estatal o local, llame a los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) al 1-877-267-2323 extensión 61565. 
    • El gobierno federal, visite Oficina de Administración de Personal.