La Parte B de Medicare (seguro médico) cubre consultas virtuales (también llamados "servicios basados en tecnología de comunicación breve") con médicos y otros profesionales.
Después de alcanzar el deducible de la Parte B, usted paga el 20% de la Cantidad Aprobada por Medicare por servicios de su médico o proveedor.
Las consultas virtuales le permiten conversar con su médico u otros proveedores (como enfermeros practicantes o asistentes médicos) utilizando tecnología de comunicación de audio y video, como su teléfono o una computadora, sin acudir al consultorio del médico. El médico puede realizar evaluaciones remotas con fotos o videos que usted envíe para su revisión con el fin de determinar si debe acudir al consultorio del médico.
Su médico u otro proveedor puede responderle usando lo siguiente:
- Un teléfono
- Entrega virtual
- Mensajes de texto seguros
- Correo Electrónico
- Un portal del paciente
Nota |
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Los registros virtuales se pueden utilizar para el tratamiento del Coronavirus (COVID-19) desde cualquier lugar, incluyendo los lugares de residencia (como hogares, asilo de ancianos y centros de vivienda asistida). |
Puede tener una consulta virtual si cumple con estas condiciones:
- Usted habló con el médico u otro proveedor sobre comenzar con este tipo de visitas.
- La consulta virtual no está relacionada con una consulta médica de los últimos 7 días y no es anterior a una visita en las próximas 24 horas (o la próxima cita disponible).
- Usted da el consentimiento verbal para la consulta virtual y el médico registra su consentimiento en su historal médico. El médico puede obtener un solo consentimiento para un año de estos servicios.